Las empresas están tomando la decisión de enviar a sus empleados a casa para teletrabajar. Sin embargo, hay que tomar ciertas precauciones ante esta posibilidad.

Los recientes comunicados tanto del Ministerio de Sanidad como del Gobierno de distintas Comunidades Autónomas, cerrando colegios y aconsejando el teletrabajo en aquellas zonas donde exista un riesgo de transmisión más elevado del Covid-19, ha pillado en jaque a bastantes empresas y a la Administración Pública donde, hasta ahora, no se había planteado un escenario similar con tanta urgencia.

En aquellos casos donde el teletrabajo sea posible, se deberían tener en cuenta ciertas medidas de seguridad, sobre todo, si los trabajadores van a utilizar sus dispositivos personales y no los corporativos.

A continuación, se desglosa un decálogo de recomendaciones mínimas en materia de ciberseguridad a la hora de implementar teletrabajo de manera urgente:

 

  • Política de uso de medios tecnológicos: la empresa debe implementar esta política, estableciendo qué puede hacer y qué no puede hacer el trabajador con los dispositivos y sistemas propiedad de la empresa (teléfonos móviles corporativos, portátiles corporativos, entre otros). Es esencial que en esta política se incluya si el trabajador tiene o no alguna expectativa de privacidad usando los medios corporativos.
  • Medios propios del trabajador: en caso de que su empresa no disponga de dispositivos móviles corporativos, debe establecer una política de uso de medios propios que incluya requisitos de seguridad. Eso sí, recuerde que no puede imponer al trabajador la utilización de medios propios al servicio de la empresa.